ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR - USO DEL SEGURO

NORMAS Y ACTUACIÓN BÁSICA:

               Cuando se produce un accidente en el recinto escolar que necesite atención médica, es una urgencia y hay que acudir obligatoriamente al centro de urgencias contratado. SI SE ACUDE A OTRO CENTRO HOSPITALARIO, LOS PADRES TENDRÁN QUE ASUMIR EL COSTE DE ESTA DECISIÓN, YA QUE EL SEGURO ESCOLAR NO SE HARÁ CARGO DE LOS GASTOS OCASIONADOS.

ACCIDENTES CON LESIONES:

     El alumno irá a la Clinica San Francisco con el parte de accidentes que le entrega el colegio. Posteriormente, si por la naturaleza de la lesión el alumno/a accidentado/a necesitase seguimiento médico (operación, revisión, sesiones de rehabilitación, por ejemplo) traerá al colegio el informe médico que le dan en la clínica para solicitar estas nuevas acciones.
    El seguro de gafas se activa siempre que por causa de la gafas exista lesión corporal de alumno y hubiera requerido asistencia sanitaria en la clínica concertada (Clínica San Francisco).        

    Funcionaría mediante reembolso y habría que remitir los siguientes documentos a la Empresa de Seguros:

 - Parte de accidentes debidamente cumplimentado y firmado por el colegio.

 - Informe de urgencias de la clínica concertada donde acudió el alumno.

 - Factura original de la reparación o reposición de las gafas.

 - Documento que acredite datos bancarios del tutor (padres)

El límite de esta garantía de gafas es de 200 euros por siniestro.

ACCIDENTES CON LESIONES EN DIENTES

      El seguro no tiene concertadas Clínicas para los siniestros que afecten a los dientes. Éstos se tratarán bajo la modalidad de REEMBOLSO DE FACTURA, por lo que el procedimiento de actuación en estos casos será el siguiente:

1. PRIMERA ATENCIÓN DE URGENCIA:  El alumno irá a la Clínica San Francisco con el parte de accidente que le entrega el Colegio.

2. LA ATENCIÓN DEL ODONTÓLOGO: Si tras la atención de urgencia fuese necesaria la posterior intervención del odontólogo para la curación de la lesión:

a) El alumno o alumna accidentado acudirá al odontólogo de la familia, y los padres abonarán la factura.

b) Entregar la factura original al Colegio con:

  • Parte de urgencias prescribiendo la intervención del especialista
  • Documento acreditativo de los datos bancarios del tutor legal del menor.

IMPORTANTE: Si fuese necesario poner una corona o implantar alguna otra prótesis dental, el límite asegurado para este concepto es de 900.- euros por prótesis.

OTROS ASPECTOS A TENER EN CUENTA

FACTURAS DE MEDICAMENTOS Y DE ÓRTESIS.

  • El seguro cubre también el coste de medicamentos y de Órtesis (muletas, elásticos, coderas, muñequeras, tobilleras y similares) siempre que sean prescritos por el médico que atiende al accidentado.
  • Para el reembolso de las facturas de medicamentos y de las órtesis, tenéis entregar en el colegio la siguiente documentación:
  • La factura original del medicamento y/o de la órtesis
  • Una copia de la receta médica del facultativo que prescriba el medicamento y/o la órtesis.
  • Documento acreditativo de los datos bancarios del tutor legal del menor.